Podría Nicolás Zepeda cumplir su pena en Chile?: Las claves de la condena que deberá enfrentar el chileno

Tras ser declarado culpable por la desaparición y muerte de la estudiante japonesa, Narumi Kurosaki y ser sentenciado a 28 años de cárcel, su defensa ahora tiene 10 días para presentar un recurso de apelación para intentar disminuir la pena o llevar a cabo un nuevo juicio.
Este martes, Nicolás Zepeda fue declarado culpable por la desaparición y muerte de la estudiante japonesa y su ex pareja, Narumi Kurosaki. El juzgado del Tribunal en lo Penal de Francia decretó una pena de cárcel efectiva de 28 años y ordenó una compensación a la familia de la víctima por 180 mil euros, lo que equivale a unos $153 millones de pesos, aproximadamente.
El veredicto se dio a conocer después de dos semanas de juicio oral, instancia en la que el tribunal decretó que, una vez cumplida la pena, deberá ser expulsado de Francia. Sin embargo, el chileno ahora podría solicitar cumplir su condena en territorio nacional, medida que podría ser autorizada por las justicias de ambos países en cuestión.
En ese contexto, el ex jefe de la Fiscalía Local de Ñuñoa, Providencia y La Reina, Vinko Fodich, quien también es profesional del estudio PFV Abogados, explicó a Emol que Zepeda podría solicitar una extradición a Chile para cumplir los 28 años de cárcel en territorio nacional, para lo cual debiese existir un acuerdo entre las cancillerías de ambas naciones.
«En el derecho internacional existe también la extradición para el cumplimiento de una pena, que sería lo que Zepeda tendría que pedir ahora. Nuevamente, como no hay un tratado de extradición, lo que tendría que haber primero es un acuerdo diplomático, en el sentido, de que Chile esté dispuesto a recibirlo en sus cárceles y, además del acuerdo diplomático que es a nivel Ejecutivo, tiene que estar autorizado por los tribunales de justicia franceses y los chilenos», detalló el abogado.
En palabras simples y acorde con Fodich, si es que Zepeda así lo solicita, «tendría que haber un doble acuerdo. Un acuerdo a nivel Ejecutivo de las cancillerías y, luego, una autorización de los tribunales franceses y chilenos. De no existir ese proceso, él deberá cumplir su pena de 28 años en Francia».
Según comenta el abogado, en caso de solicitarse la extradición para cumplir su pena en Chile, «debiera ser autorizado por la justicia francesa, sobre todo por un principio de humanidad. La pena es un castigo que el único derecho que priva es la libertad y si Nicolás Zepeda tiene sus redes familiares y amigos que viven en Chile, lo humanitariamente lógico es que cumpla la cárcel cerca de sus redes de contacto o su red social».
«Ese es un principio humanitario reconocido en tratados internacionales, porque no son seis meses de cárcel y después vuelve a Chile, él va a tener que hacer una vida entre rejas», detalla el experto. Aquel tratado al que hace mención el ex fiscal, es el ‘Convenio sobre el traslado de personas condenadas’, más conocido como «Convenio de Estrasburgo», al cual Chile y Francia están suscritos.
Dicho convenio permite que los condenados por alguna «infracción penal» y que sean pertenecientes a los Estados firmantes puedan, a grandes rasgos, «cumplir su condena en su medio social de origen; considerando que el mejor medio para ello es trasladarlos a sus propios países».
En detalle, los principios generales del convenio establecen que «las partes se obligan, en las condiciones previstas por el presente Convenio, a prestarse mutuamente la más amplia colaboración posible en materia de traslado de personas condenadas»; además expone que «una persona condenada de una parte podrá con arreglo a lo dispuesto en el presente Convenio, ser trasladada a otra parte para cumplir la condena que se le haya impuesto. A tal fin, podrá expresar, bien al Estado de cumplimiento, su deseo de que se le traslade en virtud del presente Convenio».
En tercer lugar, el ‘Convenio sobre el traslado de personas condenadas’ permite «el traslado podrá solicitarse bien por el Estado de condena bien por el Estado de cumplimiento».
En cuanto al escenario que podría enfrentar Zepeda de llegarse a concretar una extradición hacia Chile, el ex fiscal aclara que «deberá cumplir su pena de 28 años de cárcel». No obstante, una vez en territorio nacional, la legislación chilena podría permitirle la libertad condicional tras cumplir 2/3 de su condena.
«La cuestión que puede surgir interpretaciones, es que la ley chilena, como hemos visto en otros casos, contempla un beneficio intrapenitenciario, o sea que no se decide a nivel judicial, si no que se decide a nivel de Gendarmería que es de la libertad condicional. Esa es una ley vigente en Chile y pueden acceder todas las personas que están cumpliendo una condena sin distinción, por lo tanto, Zepeda podría acceder a esta ley vigente en Chile, aplicable a todas personas», acota el experto.
«La libertad condicional consiste en que, cuando el reo ha cumplido ciertos requisitos, como buena conducta, ha hecho los cursos y trabajos que en el penal se le exigen y ha cumplido los 2/3 de su condena, podría acceder a salir de la cárcel y cumplir el saldo en libertad. Es decir, si él está condenado a 28 años, a los 18 años y 6 meses aproximadamente podría recién optar postular a este beneficio legal», agrega.
Apelación e indemnización
Tras conocerse el veredicto condenatorio, Nicolás Zepeda continuó insistiendo en su inocencia. En esa línea, ahora su abogada defensora, Jacqueline Laffont deberá reunirse con el chileno para determinar si apelarán a la sentencia, para lo cual tienen un plazo de 10 días.
De acuerdo con lo explicado por Vinko Fodich, la posibilidad de recurrir a una segunda instancia de revisión, «es un derecho que emana del debido proceso. Todos tenemos derecho a que nuestro proceso sea visto por dos instancias o por dos jueces de distinto grado. Después de la segunda instancia, el fallo debería quedar ejecutoriado y ahí se tendrían que hacer las gestiones para conseguir una extradición a Chile si es que quiere cumplir la condena en Chile».
Sin embargo, de existir una apelación a la sentencia, podrían ocurrir otros dos escenarios distintos a la ratificación de la condena por parte de la justicia francesa, y se trata de que haya una reducción de la «pena en lo que la corte estime o que, eventualmente, se anule el juicio por algún vicio de procedimiento y se ordene hacer un nuevo juicio, eso también es una posibilidad».
Pese a ello, el ex fiscal puntualiza que al estar «acreditado el hecho punible del delito y estar acreditada la participación, lo más probable es que la Corte de Apelaciones en Francia confirme la sentencia que se dictó de 28 años de cárcel, que de por sí me parece que es una sentencia severa».
Con respecto a la indemnización que deberá pagar Zepeda a la familia de Narumi Kurosaki y a Arthur Del Piccolo, quien es ex pareja de la estudiante japonesa, el abogado detalla que debe saldar aquella indemnización «de su patrimonio», pues «Chile no es aval y el Estado chileno no debe pagar nada ni como aval ni como co-deudor».
En caso de no pagar esa indemnización, la sentencia de Zepeda no se vería agravada, ya que el experto sostiene que «existen diversos tratados internacionales de derechos humanos, suscritos por Chile y por Francia, que prohíben la prisión por deuda, es decir, que nadie se puede ir preso por deber plata».
De ser así, Vinko Fodich explica que la familia de la víctima podría «venir a Chile y ejecutar o embargar los bienes que puedan estar a nombre de Nicolás Zepeda. La familia lo que debería hacer en Chile es demandar el pago de esa cantidad y si no se paga, embargar bienes hasta cubrir esa suma de dinero (…) Y para hacerlo el plazo nace ahora, porque el título es la sentencia, en términos simples, el pagaré que habilita a demandar es el fallo que condena a 180 mil euros. Con esa sentencia la familia de Narumi debería venir a Chile y ejercer una demanda civil contra Nicolás Zepeda».
Extradición y relación con la justicia francesa
Cabe recordar que en abril de 2020, el ministro instructor de la Corte Suprema para el caso, Jorge Dahm, resolvió conceder la extradición a Francia del chileno, hecho que se concretó en julio de ese mismo año y que causó varios cuestionamientos, pues entre Chile y el país europeo no hay un tratado de extradición.
En esa línea, Fodich especifica que la no existencia «de un tratado de extradición no significa que no se pueda extraditar a alguna persona, si es que la Corte Suprema así lo estima. Y para eso hay básicamente dos grandes requisitos: uno es que la pena que la persona arriesga sea una pena superior a un año, es decir, sea una pena relevante. Como en este caso se trataba de un homicidio, superaba con creces este requisito».
«El segundo gran requisito tiene que ver con que, de los antecedentes que exhiba el país requirente, se desprende que hay antecedentes calificados para acreditar su participación. Es decir, lo que analiza la Corte Suprema es que Francia tenga un humo de buen derecho, o sea que tenga antecedentes para acreditar el delito y la participación de Zepeda».
«Esos son los dos grandes requisitos que se analizaron, se concedió la extradición y efectivamente se confirmaron esas dos hipótesis: la pena a aplicar excedió a un año, fueron 28 años, y efectivamente existían antecedentes para acreditar el homicidio como la participación de Nicolás Zepeda», concluyó el ex fiscal ante el conocimiento de la sentencia este martes.
Por todo lo ocurrido a lo largo de este juicio, el abogado plantea que este caso debería marcar un nuevo precedente en la relación judicial existente entre Chile y Francia. «Ojalá que esto marque un precedente al menos en el principio de la reciprocidad, es decir que cuando Chile pida la extradición de algún francés a nuestro país para enjuiciarlo, la justicia francesa sería recíproca y lo envíe también extraditado», sostiene.
Lo anterior lo expone en base al denominado caso los «Quesitos mágicos», el cual ocurrió entre el año 2007-2008 y que consistió en que «una ciudadana francesa estafó a miles de personas en nuestro país y cuando Chile pidió la extradición a Francia, los tribunales la negaron por no haber un tratado de extradición, por lo tanto Chile no pudo hacer lo que se hizo con Nicolás Zepeda».
«Entonces, ojalá que este gesto que tuvo Chile con Nicolás Zepeda se traduzca en una reciprocidad por parte de las autoridades judiciales francesas», zanjó.
Fuente: Emol.cl
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