Conductor mata a un asaltante en intento de encerrona y Carabineros advierte sobre peligro de resistencia

Penalistas recuerdan las opciones que tienen las víctimas. Unos llaman a la prudencia y otros recuerdan que ‘todos tenemos el derecho a defendernos’.
Ayer, a raíz de la forma en que terminó el hecho, nuevamente se instaló la preocupación por un delito que va en franca alza: las llamadas ‘encerronas’. En Quilicura, un conductor de un camión atropelló a un asaltante que intentaba, junto a un grupo de desconocidos armados, quitarle su vehículo. La acción terminó con la persona que pretendía cometer el delito muerta y abrió el debate de la legítima defensa en estos casos.

A este episodio se sumó una doble ‘encerrona’ frustrada en contra del periodista de TV Julio César Rodríguez. Fue abordado por desconocidos la noche del miércoles en Providencia, donde evitó el robo tras huir por avenida Andrés Bello. Luego la misma banda asaltó un bar de calle Manuel Montt, donde además robaron un vehículo.

La recomendación es entregar los vehículos, dice Carabineros. Sin embargo, cada día se repite más la resistencia de los conductores de los vehículos a los robos.

A cargo de la Prefectura Santiago Norte, el mayor Gonzalo Urbina dice: ‘A toda la gente le cuesta tener el recurso material y están ocurriendo estas situaciones. Y es por eso que en estos tres casos, en dos días, se ha producido esta situación de que tratan de evadir el delito’.

Valora que no ocurriera otro hecho de mayor gravedad en el caso de Rodríguez en Providencia: ‘Pese a andar en una avenida a alta velocidad, no se cruzó ningún peatón, ningún vehículo, no hubo una desgracia más grande, a diferencia del caso del camión (en Quilicura)’.

El mayor reflexiona que ‘la gente está más temerosa, pero también está aburrida. Todas las entrevistas que uno tiene con víctimas de delitos, están aburridas de la situación, que las lleva a tomar estos riesgos sin pensar’.

‘Uno lo que recomienda es tratar de observar y obtener detalles del hecho, para aportarlos a los tribunales y dar con los responsables, y no arriesgarse. Uno llama a que se entregue el vehículo porque muchas veces los asaltantes lo hacen bajo los efectos de algún tipo de droga, tampoco ellos miden o razonan el hecho que están haciendo. Por la acción que pueda tomar una víctima, un asaltante no va a pensarlo dos veces en dispararle o agredirla’.

Abogados subrayan la legítima defensa

Abogados penalistas, en tanto, analizan el derecho de las víctimas para defenderse, pero también los riesgos que ello implica.

Según Alejandro Peña, ‘para que se configure la legítima defensa es necesario que concurran tres requisitos copulativos. El primero es que una persona sufra una agresión ilegítima. En este caso, una de las que se denominan ‘encerronas’. En segundo lugar, que exista falta de provocación de la persona que se defiende. En este caso, la persona está tranquila en su auto. Y el tercer requisito, que es el más discutible, porque es más bien subjetivo, es que la defensa se ejecute con medios proporcionales’. Explica que si a uno ‘lo están apuntando con armas de fuego, evidentemente para defenderse uno puede ocupar la estructura de su vehículo para poder escapar y así defenderse’.

Peña subraya: ‘El derecho no obliga a nadie a quedarse impávido, todos tenemos el derecho a defendernos de una agresión’.

Juan Carlos Manríquez, por su parte, dice que ‘siguiendo las recomendaciones de las autoridades y las policías, conviene no resistirse y entregar los bienes, que no exista un mal mayor’. Pero recuerda que ‘si los atacantes son excesivamente violentos o atacan a otros miembros de la familia o menores de edad; si el conductor decide resistirse y embestirlos con el automóvil, podría entenderse que, ante una agresión ilegítima actual, la respuesta es proporcionada, racional y justificada, razón por la cual podría entenderse la legítima defensa’.

La abogada Ana Catalina Lea-Plaza, del estudio Colombara, indicó que ‘en estos casos se enfrentan dos normas jurídicas: las que regulan la obligación de detener la marcha, prestar auxilio y dar cuenta a la autoridad en caso de participar en un accidente de tránsito, y las normas que regulan la legítima defensa’.

Pero advierte que ‘creemos que no es razonable exigir a los ciudadanos descender del vehículo y enfrentarse a sus atacantes, por lo que retirarse del lugar cabría dentro de las acciones de una legítima defensa o incluso, de obrar por un miedo insuperable, dos causales que eximen de responsabilidad penal’.

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